Corte Anula Reforma Electoral de Tamaulipas Durante Veda Electoral

By: Protagonista

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha tomado una decisión crucial a solo tres días del inicio del proceso electoral en Tamaulipas, al invalidar una reforma que restringía la postulación a cargos municipales para individuos enfrentando procesos penales o condenas por delitos graves. Esta reforma, que fue publicada el 1 de julio de 2026, fue considerada inconstitucional por haber sido promulgada durante el periodo de veda electoral, que abarca 90 días antes de las elecciones del 2026-2027.

El pleno de la Corte, bajo la dirección del ministro Irving Espinosa Betanzo, resolvió de manera unánime la invalidez del decreto 66-1146, tras escuchar las acciones de inconstitucionalidad presentadas por varios partidos políticos, incluyendo el Partido del Trabajo, Acción Nacional, el PRI y Somos. Los demandantes argumentaron que la reforma violaba el derecho a ser votado, el debido proceso, la autonomía municipal y la división de poderes, además de contradecir la prohibición constitucional de modificar las reglas electorales en el periodo de veda.

El ponente de la decisión, el ministro Espinosa, afirmó que el argumento relacionado con la veda electoral era suficiente para anular el decreto impugnado, omitiendo así la evaluación de la constitucionalidad de las restricciones que se imponían a los candidatos con antecedentes penales. La Corte se limitó a declarar que la reforma había sido promulgada en un tiempo inapropiado, lo que llevó a su invalidación total.

Asimismo, la SCJN determinó que no se restablecerían las disposiciones anteriores del Código Municipal, las cuales ya habían sido objeto de impugnación en otro proceso y cuya constitucionalidad no había sido resuelta. El Tribunal consideró que reanudar estas disposiciones podría comprometer la certeza del proceso electoral, pero aseguró que no existía un vacío legal, ya que otras normativas eran suficientes para llevar a cabo la contienda electoral de manera adecuada.

Finalmente, el fallo de la Corte establece que los artículos 35, 38 y 115 de la Constitución Política Federal, junto con la legislación local vigente, ofrecen un marco normativo adecuado para el desarrollo del proceso electoral, garantizando que no se generen lagunas legales. Esta decisión marca un hito en la regulación de la contienda electoral en Tamaulipas, asegurando que las reglas fundamentales no sean alteradas en el periodo crítico previo a las elecciones.